abogados en sevilla especialistas en ley de segunda oportunidad (consulta gratuita)

Abogado Especialista en Ley de Segundad Oportunidad para Particulares, Autónomos y Empresas en Sevilla

Nuestro equipo de abogados en Sevilla le ayudarán a acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad en caso de que no pueda afrontar sus deudas con los ingresos que actualmente tiene.

    ¿QUÉ ES LA SEGUNDA OPORTUNIDAD?​

    La Segunda Oportunidad es mecanismo legal creado por la el Real Decreto-Ley 1/2015 para permitir a las personas físicas (sean autónomos o no) cancelar las deudas que no pueden pagar y comenzar de nuevo.

    Anteriormente, las personas físicas (particulares y autónomos) no podían librarse de las deudas, ni siquiera solicitando el concurso de acreedores, y ello en base al principio de responsabilidad patrimonial universal.

    A través de dicha vía solo las empresas (personas jurídicas) podían liberarse de las deudas.

    Para obtener los beneficios que ofrece la ley de la oportunidad (exoneración o cancelación de deudas) es necesario cumplir una serie de requisitos que te permiten acceder a la Ley de Segunda Oportunidad. A cambio, el deudor podrá excluir el principio de responsabilidad patrimonial universal.

    Aunque las personas físicas ya podían acudir al concurso de acreedores, como hemos indicado no era la solución a sus problemas, sin embargo, la ley de segunda oportunidad si que se configura como un mecanismo apropiado para solventar la maltrecha situación económica de particulares y autónomos. Es por ello que se presenta como el camino a elegir para superar una situación económica complicada, en la mayoría de los casos sobrevenida por situaciones de crisis.

    Puede obtener información sin compromiso haciendo click en el siguiente botón.

    ¿cómo acceder a la ley de segunda oportunidad?​

    El RDL 1/2015 aborda éste problema, y permite también a las personas físicas librarse de aquellas deudas que no pueden pagar (cancelación de deudas), disfrutando así de una verdadera Segunda Oportunidad.

    Según se trate de personas físicas o empresarios existe una instancia dónde solicitar la Ley de Segunda Oportunidad.

    Con la ley de segunda oportunidad las personas físicas pueden llegar a cancelar sus deudas de una forma totalmente legal.

    persona física

    Los autónomos pueden verse en la necesidad de pedir nuevos préstamos para continuar con su negocio. Gracias a la ley de segunda oportunidad podrá el autónomo podrá cancelar sus deudas  e iniciar una nueva oportunidad en su actividad.

    autónomo

    La actividad de la empresa podrá continuar gracias a esta ley. Además se podrán paralizar las ejecuciones iniciadas, no habrá embargos una vez acogido a la ley de segunda oportunidad.

    empresa

    FASES DEL PROCESO

    01

    Intento de acuerdo extrajudicial de pagos

    Se acude a Notaría o Registro, que nombra un Mediador Concursal.

    Se intenta alcanzar acuerdo con sus acreedores, proponiendo reducciones de deuda de hasta el 100%, aplazamientos de hasta 10 años, etc.

    Si hay acuerdo, finaliza el proceso. En caso contrario, se pasa a la siguiente fase.

    02

    Concurso de acreedores

    Si no se alcanza acuerdo con los acreedores, se acude al juzgado, donde se liquidarán los bienes para pagar con ellos a sus acreedores, hasta donde alcance los mismos.

    03

    Exoneración de la deuda

    Finalizado el Concurso, se solicita al Juzgado la «exoneración del pasivo insatisfecho» (178 bis Ley Concursal), es decir, se solicita que se nos cancele las deudas que hayan podido quedar sin pagar.

    Si se logra la exoneración total, el deudor quedará sin deudas, es decir, sin nada más que pagar.

    Explicación de las fases

    En una primera fase, denominada acuerdo extrajudicial de pagos,  la cual se intenta obtener un acuerdo con los acreedores mediante la intervención de un mediador concursal. La negociación incluida en el acuerdo que se propone lo que persigue es poner de manifiesto la situación real del deudor a sus acreedores, de forma que en caso de que se apruebe dicho plan nos encontremos en una nueva situación que evitaría las reclamaciones judiciales y embargos frente al patrimonio de estas personas, siempre y cuando se atienda los pagos comprometidos por el plan aprobado.

    Por el contrario, si el acuerdo no se consigue se inicia una segunda fase de carácter judicial que se corresponde con el concurso consecutivo a través del cual lo que se persigue es, por un lado proceder a la liquidación del patrimonio del deudor, en caso de que exista patrimonio, de manera que la deuda que no ha sido satisfecha con lo obtenido mediante dicha liquidación queda liberada, es decir, cancelada, mientras que si no hubiera patrimonio a liquidar lo que se solicita es directamente una resolución judicial que establezca la cancelación de todas aquellas deudas pendientes, es lo que se denomina exoneración del pasivo insatisfecho.

    La duración del procedimiento si se consigue aprobar el Plan de Pagos propuesto suele ser de 2 meses, mientras que si es preciso acudir al concurso consecutivo suele durar un año.

    ventajas de la ley de segunda oportunidad

    El proceso recogido en la Ley de Segunda Oportunidad le protegerá por Ley del acoso de los acreedores, por lo que queda protegido su sueldo, salario o pensión.

    los embargos se detienen

    No se podrá iniciar, ni continuar ninguna ejecución o embargo judicial o extrajudicial.

    LOS PAGOS SE DETIENEN

    Iniciado el proceso deberá de abstenerse de realizar pagos, así como de cualquier acto de administración o disposición.

    LOS INTERESES SE DETIENEN

    Se suspende el devengo de intereses de los préstamos y micropréstamos.

    SU SUELDO QUEDA PROTEGIDO

    Quedará protegido de embargos y ejecuciones de sueldos, salarios y pensiones hasta el S.M.I.

    los acreedores dejan de molestar

    Desde el inicio del proceso estará protegido frente a la presión de sus acreedores.

    FIN AL 100% DE TU DEUDA

    Existe la posibilidad de exoneración del pasivo insatisfecho, des decir, del perdón de las deudas.

    equipo de abogados especialistas en sevilla

    Toda nuestra experiencia a su servicio para que pueda cancelar parte de sus deudas de manera legal. Llámenos sin compromiso alguno y le asesoramos.

    libérate de tus deudas

    CONTACTO

    Si desea conocer como liberarse de sus deudas, puede contactar sin compromiso alguno con nuestro equipo de Abogados especialistas en Ley de Segunda Oportunidad, que le informarán sobre como acogerse a este procedimiento legal

    Datos de contacto

    SEVILLA: Plaza Ruiz de Alda, 11

    Email: jcamper@nordex.es

    TELÉFONO

    854 85 61 98

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      El mejor abogado en la Ley de Segunda Oportunidad

      La decisión de elegir un abogado que te guíe mientras te acoges a la Ley de Segunda Oportunidad es un aspecto de suma importancia al que debes prestarle toda la atención.

      Este abogado será quien te va a ayudar a negociar la deuda actual con tus acreedores y quien te asesorará durante la liquidación concursal, si este fuera el caso.

      Por estos dos motivos debes ser muy cauto a la hora de decidirte por el abogado que desees que te asesore. En cualquier caso, debe ser un abogado especialista en derecho concursal.

      La disponibilidad del abogado es su mejor cualidad

      Contratar a un abogado que desatiende las llamadas, que no presta la atención necesaria a su cliente, en definitiva, que descuida a quien le contrata nunca es la mejor tarjeta de presentación de un abogado.

      Por desgracia, estas cualidades son más habituales de lo que sería deseable. Por todo ello, y conociendo la situación complicada que resulta ser insolvente es por lo que nos desde nuestro despacho estamos siempre con la atención puesta en nuestros clientes.

      Actuar de esta manera permite que se crea una unión basada en la confianza, la cual es siempre necesaria para conseguir el éxito, sobre todo en un procedimiento como el de la Ley de Segunda Oportunidad.

      Los errores más comunes cuando se plantea acogerse a la segunda Oportunidad

      Cuando una persona se encuentra en situación de insolvencia, en la que la única salida resulta acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad, se suele actuar de manera incoherente y muchas veces precipitada, de manera que se incurre en errores que resultan ser habituales en la mayoría de los casos, pero que nunca provienen de la mala fe del deudor.

      Pasemos a identificarlos.

      1. Escuchar a alguien cercano.

      Si quien te da consejo no es un abogado experto en derecho concursal, puede que te oriente de la manera equivocada. De hecho, lo más lógico es que no te asesore correctamente, puesto que para obtener los beneficios de la Ley de Segunda Oportunidad es necesario conocer de manera detallada el sentido de esta ley.

      Por ello, nunca es aconsejable tener como consejero a quien no es abogado concursal.

      1. Contratar como abogado a un amigo.

      Todo el mundo tiene un amigo abogado. Incluso muchas personas tienen varios amigos que son abogados. Lo que no es tan habitual es tener un abogado experto en Ley de Segunda Oportunidad.

      Cada abogado es experto en una rama concreta del derecho, cada abogado se especializa en la rama que mejor se le da, por ello, no parece lógico que un abogado experto en derecho penal asesore a un cliente ante una reclamación ante un ayuntamiento.

      De igual forma no es lógico que un abogado en derecho administrativo asesore en materia concursal.

      La buena predisposición para ayudar a un amigo puede ser la manera más rápida de arruinarle la vida. No por ser amigo lo va a hacer mejor.

      Lo hará mejor quien es experto en Ley de Segunda Oportunidad.

      1. Contratar a un abogado muy caro.

      Si crees que por contratar a un abogado cuyos honorarios solo se pagan si eres jugados de primera división, o actor con varios Oscar, vas a tener mayor garantía de éxito, es que desconoces todo de este procedimiento.

      A quien debes dirigirte es a un abogado con la suficiente experiencia en derecho concursal, que haya asesorado a suficientes clientes en este tipo de procedimientos.

      Solo así podrás estar seguro de contar con el apoyo jurídico a lo largo del camino que vas a recorrer, el cual, según el caso, puede ser relativamente corto, o relativamente largo.

      Lo importante es conocer las tarifas desde el primer momento, sin sorpresas posteriores y que a veces pueden ser otra deuda insalvable.

      Breve Guia de la Ley de Segunda Oportunidad

      La Ley de Segunda Oportunidad, conocida también como mecanismo de la segunda oportunidad, puede suponer en situaciones en la que se tiene una mala situación económica el camino para solventar dicha situación tanto a particulares como a autónomos, sin que por ello se ignore los derechos de cobro de sus acreedores.

      A través de este mecanismo , regulado  en el Real Decreto Ley 1/2015, se permite renegociar las deudas e incluso cancelarlas para aquel deudor que lo haya sido de buena fe.

      El borrón y cuenta nueva  es el objetivo que busca la Ley de Segunda Oportunidad , de esta forma las familias, así como los autónomos, si no puden hacer frente a sus deudas tendrán el mismo trato que las empresas.

      De esta manera se equipara el concurso de las personas físicas al de las empresas.

      ¿Quién puede acogerse a esta segunda oportunidad?

      En España hasta hace muy poco, las personas físicas, ya fueran particulares o autónomos, respondían de por vida frente a sus deudas, pero con la entrada en vigor de la Ley de Segunda Oportunidad podrán renegociar las deudas contraídas con sus acreedores, y tras después de tramitar un proceso concursal podrán quedar liberados de aquellas deudas que no hayan podido atenderse.

      Asimismo, las empresas y empresarios, al igual que ocurría anteriormente, podrán seguir acudiendo a este proceso para liquidar sus deudas.

      ¿Cuales son los requisitos que deberá cumplir el deudor para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad?

      Realmente esta Ley abre las puertas a un camino, no par desprenderse de los pagos de los créditos que resultan imposibles de afrontar, sino de un auxilio a quien ha demostrado tener buena fe, pero que se encuentra en una situación que no puede salvar.

      Básicamente los requisitos son los siguientes:

      • No haber sido objeto de un concurso culpable ni haber sido condenado por delitos económicos o sociales.
      • Presentar una historial según el cual se pueda comprobar que ha actuado de buena fe. Como muestra de ello, el hecho de intentar una solución extrajudicial y que no haya evitado las posibilidades de pago (por ejemplo, rechazando ofertas de empleo en los últimos cuatro años).
      • No haber acudido al beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho (que describimos a continuación) en los últimos diez años.
      • Haber satisfecho los créditos contra la masa y los privilegiados. También se exige que haya pagado el 25 % de los créditos ordinarios. Este requisito puede decaer siempre que se demuestre que los créditos se intentaron pagar.

      Además, las personas cuya deuda supere los cinco millones de euros no podrán acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad.

      Puede ampliar la información en el siguiente enlace.

      ¿Esta Ley permite eliminar cualquier tipo de deuda?

      No. Los créditos públicos, como las deudas con Hacienda y la Seguridad social, así como las de alimentos derivadas de una sentencia de divorcio y las hipotecarias que no se correspondan con créditos ordinarios o subordinados no podrán ser eliminadas a través de este proceso.

      No parece razonable que los créditos público queden al margen de la posibilidad de ser exonerado, por lo que ya hay sentencias en las cuales se consideran igualmente exoneradas dichas deudas.

      ¿Qué pasa con las deudas hipotecarias?

      Pues bien, con la idea de potenciar la dación en pago, con la entrada en vigor de la Ley de Segunda Oportunidad, la parte de la hipoteca que no quede cubierta con la entrega del inmueble podrá quedar exonerada.

      No obstante, encontramos una alternativa al margen de esta ley, acogiéndose al llamado «código de buenas prácticas bancarias», al ser un procedimiento que también ha rebajado recientemente sus exigencias.

      Este procedimiento en modo alguno impide a los beneficiarios de la ley de segunda oportunidad solicitar la anulación de la cláusula suelo en caso de que esté prevista en el contrato de préstamo.

      Respecto al caso en el cual exista una vivienda, para minimizar los daños al deudor se suele plantear una liquidación ordenada donde se considere la posibilidad de transmitir, incluso con subrogación de la hipoteca, dicho inmueble a personas cercanas como padres e hijos o terceros afines para que estas personas puedan seguir haciendo uso de la que era su vivienda.

      ¿Que proceso deberán seguir quienes deseen obtener la segunda oportunidad?

      Existen dos formas.

      La primera consiste en que el deudor solicita el concurso voluntario de acreedores, posteriormente esperar el tiempo que el mismo dure, negociar en el seno del mismo las quitas y/o esperas y liquidar la mayor parte de la deuda que pueda con todo su patrimonio.

      Una vez terminado el concurso, si todavía le queda deuda por atender, se deberá de solicitar al juez del concurso su eliminación.

      La segunda via consiste en acudir a la figura de un mediador concursal, normalmente a través de notario, para tratar de negociar el pago de la deuda a través de un acuerdo extrajudicial de pagos que pueda incluir esperas de hasta diez años, quitas y cesión de bienes o derechos a los acreedores. Una vez elevado el acuerdo entre el deudor y el acreedor, el primero podrá pedir que su deuda quede anulada.

      Si finalmente este acuerdo no llega a buen puerto, el propio mediador concursal deberá solicitar el concurso consecutivo del deudor y cumplir con los trámites del mismo, para que una vez éste concluya solicitar la exoneración del pasivo insatisfecho.

      ¿Qué pasa en el caso de autónomos o empresarios?

      En el caso de empresarios, como es el caso de los autónomos, que se ven sometidos en un procedimiento regulado por la Ley de Segunda Oportunidad, pues ocurre que de la misma forma que les ocurre a las sociedades en los concursos de acreedores, pueden transmitir las unidades productivas, para que una vez transmitidas puedan seguir continuando con su actividad al margen de la deuda anterior contraída, por lo que las deudas dejan de ser un lastre para la actividad.

      Aspectos de interés sobre la Ley de Segunda Oportunidad

      Si tienes deudas que no puedes afrontar con tus ingresos actuales y vives en Sevilla debes saber que puedes superar esta situación, al igual que tantas otras personas que han conseguido superar este obstaculo en la vida, y todo ello gracias a la Ley de Segunda Oportunidad.

      Puedes imaginarte que son miles las personas que han acumulado miles de euros en deudas con entidades financieras y otros acreedores, hasta una situación en la cual les resulta imposible hacerle frente.

      ¿Cómo se han podido acoger  a los beneficios de la Ley de Segunda Oportunidad estos deudores?

      El primer requisito consiste en  demostrar que se intentó el acuerdo extrajudicial con los acreedores. Este es el primer requisito para que te beneficies de lo regulado en la Ley de Segunda Oportunidad.

      Frustrado este intento de acuerdo, se ha debido declarar el concurso consecutivo de acreedores para obtener el Beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho (BEPI).

      Requisitos para conseguir la cancelación de las deudas

      Lo primero que debemos preguntarnos es si se pueden cancelar todas tus deudas con la Ley de Segunda Oportunidad.

      Efectivamente se puede, pero tienes que cumplir, además de los requisitos anteriormente indicados, otros requisitos:

      • Que no seas declarado culpable en el proceso de concurso de acreedores del que hemos hablado.
      • Que no dispongas de capital ni de propiedades o acciones con las que hubieras podido abonar las deudas.
      • No debes haberte acogido a los beneficios de la Ley de Segunda Oportunidad en los 10 años anteriores.
      • No deben existir delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social.
      • Que no tengas sentencias de falsedad documental o contra los derechos de trabajadores.
      • Que no hayas rechazado un trabajo según tu cualificación profesional en los cuatro años anteriores a la presentación del concurso de acreedores.

      Qué pasa si tienes una hipoteca en Sevilla

      Es de suponer que la entidad bancaria saque la vivienda a subasta si está hipotecada y no puedes hacer frente a las cuotas del préstamo.

      En la primera fase, a saber, la fase extrajudicial, es posible entregar la vivienda en dación de pago, por lo que podrás solicitar la extinción total de la deuda con el banco en esta fase. Con ello se evita malvender la vivienda.

      de esta forma no existirían deudas una vez entregado el inmueble como ocurría hasta ahora.

      Personas físicas no empresarios

      Hasta que entró en vigor la Ley de Segunda Oportunidad, el concurso de acreedores daba la impresión de que solo era de interés para sociedades mercantiles y empresas, de forma que los deudores que eran personas físicas, particulares, debían responder con todas sus propiedades (presentes y futuras) al pago de las deudas.

      A partir de su entrada en vigor, cualquier persona puede acogerse y solicitar la cancelación de sus deudas, si se ha acogido a la Ley de Segunda Oportunidad.

      Con la reforma del 2015, también los autónomos pueden beneficiarse de ella de manera que ya no tienen que cerrar sus negocios como única salida a unas agobiantes deudas.

      Además de las deudas con acreedores privados y Bancos, también se contempla la liquidación de las cantidades debidas a Hacienda y a la Seguridad Social.

      La elección de abogados para la Ley de Segunda oportunidad en Sevilla

      Para tener éxito en los resultados que se espera por parte de quien se acoge a esta ley, es crucial la elección de un buen abogado, con experiencia en el asesoramiento respecto del asunto en cuestión de manera que te acompañe en los pasos que se van a dar.

      Sólo algunos abogados con experiencia pueden aconsejarles dado que esta ley aún no es conocida por muchos.

      En nuestro equipo contamos con  expertos concursales, con amplia experiencia en asuntos de insolvencia y endeudamientos, y tratamos casos como el tuyo, de Segunda Oportunidad tanto en Sevilla como en toda España, ya sea para particulares como para empresas.

      Algunas preguntas que nos hacen nuestros clientes en Sevilla

      ¿Qué te ofrece la Ley de Segunda Oportunidad en Sevilla?

      Pues ofrece la posibilidad de renegociar o exonerar sus deudas, tanto a personas físicas como a autónomos con el objetivo de reestructurar su situación económica.

      Ofrecemos el camino de salida a la situación de insolvencia con el planteamiento de nuevos acuerdos, e incluso el perdón de la deuda.

      ¿Es posible saldar todas mis deudas con la Ley de Segunda Oportunidad en Sevilla?

      La Ley de Segunda Oportunidad establece que se podrán cancelar todas las deudas ordinarias y subordinadas, así como el saldo excedente de la ejecución de un inmueble. Con respecto a la Administración Pública, las últimas sentencias han exonerado hasta un 70%. Quedan excluidas deudas nuevas y la relacionadas con cuotas por alimentos.

      ¿Cómo debo hacer para buscar a un Abogado Experto en Ley de Segunda Oportunidad en Sevilla?

      Para darle toda la confianza que se necesita en un proceso como este, nuestro equipo de abogados en Sevilla están a su disposición para estudiar el caso de manera individual y asesorar de la manera más profesional en el mecanismo de Segunda Oportunidad. Al seleccionar un abogado es necesario considerar que sea experto en derecho concursal, tenga casos de éxitos que lo avalen y la confianza que genere.

      ¿Puedo con la Ley de Segunda Oportunidad en Sevilla saldar deudas para conservar mi vivienda?

      Son muchos los casos en los que con La Ley de Segunda Oportunidad es posible salvar la vivienda, y ello mediante la consecución de acuerdos extrajudiciales según nuevos calendarios de pago.

      Las últimas sentencias han decidido salvar la vivienda en la ejecución del patrimonio cuando existe una hipoteca que esté al corriente de pago, por ello, es importante analizar cada caso de manera concreta.

      ¿Puedo acogerme a la Ley de Segunda Oportunidad en Sevilla si perdí mi empleo?

      Uno de los requisitos en Sevilla es el intento de un acuerdo extrajudicial de pagos. En el mismo se debe presentar un plan de pagos viable, por ello, es importante contar con ingresos que permitan dicha viabilidad en el plan que se presenta.